sábado, 12 de julio de 2008

Convocatoria


Queridos amigos:

La causa del campo es justa. Y lo que dicha causa representa lo es aún más.

Frente a esta causa, y queriendo doblegarla, está la tiranía kirchnerista.

Parece todo ello razón suficiente para que nos sumemos a la concentración del martes 15.

Lo demás ya lo sabemos y lo hemos dicho con largueza en todos estos meses. Sabemos de la confusión, de la heterogeneidad, de la mezcolanza ideológica, y de los personajes indeseables que están detrás de la cuestión ruralista. Pero a pesar de estos riesgos creemos legítimo y necesario dar nuestro presente. Todo lo nacional es nuestro, decía Maurras.

Por razones de practicidad y de seguridad, nos encontraremos a las 13:00 en la puerta del Jardín Zoológico. Esperaremos a quienes deseen participar junto a nosotros hasta las 13:30 aproximadamente. Y luego nos acercaremos al lugar central.

Los esperamos.

Muchas gracias, desde ya.

Un abrazo.

En Cristo y en la Patria,

Antonio Caponnetto
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EL KIRCHNERISMO LEGISLA
CONTRA LA PATRIA

La ley injusta no obliga en conciencia a su cumplimiento.
La ley injusta no es propiamente ley.
La ley sólo es justa, en razón de su fin,
cuando se ordena al bien común;
en razón de su autor,
cuando no sobrepasa las atribuciones del legislador;
en razón de su forma, cuando establece
cargas proporcionales entre los súbditos.
La ley es injusta si su fin es contrario al bien común;
si hay exceso de potestad por parte del legislador,
o si la distribución de las cargas
que impone la norma es desigual.
Sin estas condiciones, la ley es violencia tiránica
y debe ser resistida.

Santo Tomás, Suma Teológica; I,-2, q.96

ACATAR UNA LEY INJUSTA
ES SER SU CÓMPLICE

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Se agradece difundir

1 comentario:

Anónimo dijo...

Amigos de Cabildo:

Un comentario al margen:

Incidentalmente (les juro) me topé con una nota del suplemento Zona, buscando alguna entrevista interesante.

La nota hace un relato histórico de la figura del vicepresidente y sus conflictos, diciendo:

"En un régimen tan presidencialista como el nuestro, no ha sido precisamente un sitial destacado, y en los casos particulares en los que lo fue tuvo que ver con una de las pocas atribuciones que le otorga el artículo 75 de nuestra Constitución, la de reemplazar al titular del Ejecutivo", Ahá, mirá vos. Artículo 75?

"El otro artículo que les da cierto protagonismo, según las circunstancias, es el 49, que establece que 'es el presidente del Senado; pero no tiene voto sino en caso que haya empate en la votación' ". Aha, qué curioso. Artículo 49?

Claro!!!, Elemental Querido Watson, efectivamente cuando el amigo de Hilda Sábato, Félix Pigna O'Donnell (como rebautizó Langer a los historiadores best-sellers en su tira "La Nelly"), dice "artículo 75 de nuestra Constitución" quiere comentar el actual artículo 88 de la Constitución Nacional y cuando dice "el artículo 49" me parece que se refiere al artículo 57 de la Constitución Reformada!!!!!

Por supuesto, errar es humano, tengo una Constitución Nacional de FCE/UNAM a la que le falta el preámbulo y circulan ediciones con errores.

Lucas Arrimada